El capital asegurado: qué pasa si el funeral cuesta menos (o más)

Actualizado el 2 de septiembre de 20267 min de lectura

Si tuvieras que quedarte con un solo dato de tu póliza de decesos, no sería el nombre de la compañía ni la prima. Sería el capital asegurado: la cifra, casi siempre en la primera página de las condiciones particulares, que marca hasta dónde llega el seguro.

Es la cifra que decide si tu familia no pondrá un euro o si tendrá que completar la factura. Y es también, por una frase de la ley que casi nadie ha leído, la que puede convertirse en dinero para tus herederos.

Lo esencial: el capital es el límite de lo que la aseguradora gasta en el servicio. Si el servicio cuesta menos, el artículo 106 bis.1 dice que la diferencia es del tomador o de los herederos. Si cuesta más, la diferencia la pone la familia. Y un capital que no se revaloriza se queda corto solo, sin que nadie avise.

Qué es exactamente el capital asegurado

En un seguro de vida, el capital es lo que cobran los beneficiarios. En un seguro de decesos no funciona así, y esa es la primera confusión que conviene deshacer.

El artículo 106 bis.1 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro define el producto como una obligación de prestar los servicios funerarios pactados, no de pagar una cantidad. El capital no es un cheque: es el presupuesto máximo con el que la aseguradora organiza y paga el sepelio.

De ahí se derivan las dos situaciones que dan título a este artículo, y la ley resuelve las dos de forma expresa.

La regla del exceso: lo que sobra es tuyo

El apartado 1 del artículo 106 bis termina con una frase que merece leerse dos veces:

«El exceso de la suma asegurada sobre el coste del servicio prestado corresponderá al tomador o, en su defecto, a los herederos.»

Traducido: si el funeral cuesta menos que el capital, la diferencia no se queda la aseguradora.

Un ejemplo con cifras del mercado actual. Una póliza con capital de 6.000 €, una familia que opta por una cremación sin velatorio largo ni ornamentación, y una factura de servicios de 3.600 €. Los 2.400 € restantes corresponden al tomador o a los herederos.

Esto importa más de lo que parece por una razón concreta: la cremación ya es la opción mayoritaria en España —Panasef sitúa el cruce en 2024, con un 50,11 % de cremaciones— y es sistemáticamente más barata que la inhumación. Una cremación completa ronda hoy los 3.500-3.700 € frente a los 4.400-4.800 € de un entierro. Cada vez hay más siniestros en los que el servicio prestado queda por debajo del capital contratado.

Y aquí viene la parte incómoda: ese exceso no siempre se ofrece de oficio. La familia está en la peor semana de su vida, firma lo que le ponen delante y nadie hace la resta. Pedirlo es un derecho, y el respaldo es esa frase de la ley.

Cómo se pide, en concreto:

  1. Solicitar por escrito a la aseguradora el detalle del coste del servicio efectivamente prestado, desglosado.
  2. Restarlo del capital asegurado vigente en la fecha del fallecimiento (no el de la póliza original si hubo revalorización).
  3. Reclamar la diferencia citando el artículo 106 bis.1, con la póliza y el certificado de defunción.
  4. Si no hay respuesta, el cauce es el servicio de atención al cliente de la entidad y, después, el Servicio de Reclamaciones de la DGSFP.

El reverso: cuando el capital se queda corto

La situación inversa es más frecuente y bastante más cara.

La aseguradora presta los servicios pactados dentro del límite contratado. Si la familia quiere un servicio por encima de lo cubierto —un ataúd distinto, un traslado que no entra, una sepultura en propiedad—, la diferencia la pone la familia. No hay conflicto legal en ello: es el funcionamiento normal de un límite.

El problema no es el límite. El problema es que el capital envejece y el precio del funeral no.

Los costes funerarios llevan años subiendo en torno a un 4 % anual, con el IVA del 21 % encima —de los más altos de la Unión Europea para este servicio—. Una póliza firmada en 1998 con un capital que entonces cubría un funeral completo puede cubrir hoy poco más de la mitad, si nunca se actualizó.

Un orden de magnitud útil, con dos cálculos propios a partir de datos agregados públicos:

Cifra Cálculo Resultado
Capital medio por asegurado 98.723 M€ (UNESPA) ÷ 21,8 M asegurados ≈ 4.500 €
Coste medio del sepelio atendido 1.156 M€ ÷ 293.836 sepelios (UNESPA) ≈ 3.900 €

Son medias de todo el ramo, derivadas de datos agregados de dos fuentes distintas, no cifras oficiales por póliza: sirven para situarse, no para dar por bueno un capital concreto. Lo que sí dicen es que el capital medio del sector está en el entorno del coste real de un servicio medio, sin apenas margen. Cualquier póliza por debajo de esa cifra tiene un problema latente.

Por qué tu capital puede haberse quedado atrás

Hay tres mecanismos distintos, y conviene saber cuál se aplica en tu póliza porque la solución no es la misma:

Capital fijo. El de las pólizas más antiguas. La cifra contratada no se mueve nunca. Es el caso peor y el más común entre quienes llevan décadas pagando.

Revalorización por índice. El capital sube cada año conforme a un índice, normalmente el IPC general. Suena resuelto, pero no lo está del todo: el coste funerario ha subido por encima del IPC general en los últimos ejercicios, así que la brecha se estrecha más despacio de lo que crece el precio.

Revalorización según coste del servicio. Algunas modalidades vinculan el capital a la evolución de las tarifas funerarias. Es la fórmula que mejor protege y también la que más encarece la prima con el tiempo.

Comprobar cuál tienes es un ejercicio de veinte minutos: condiciones particulares, buscar «capital asegurado» y «revalorización», y comparar con el último recibo anual. Si el capital que figura hoy es el mismo que el del primer año, tienes capital fijo.

Qué hacer con el resultado

Si el capital va corto, hay dos caminos y ninguno pasa por cancelar:

  • Ampliar el capital de la póliza actual. Es una modificación ordinaria: sube la prima y, según el condicionado, puede aplicarse carencia sobre el importe ampliado (no sobre el capital ya consolidado). Conviene pedir esa condición por escrito antes de firmar. Cómo funcionan esos plazos está en carencias del seguro de decesos.
  • Asumir la diferencia como decisión consciente. Si la familia sabe que tendrá que poner 1.500 €, eso es un plan; descubrirlo en el tanatorio, no.

Y si el capital va sobrado, la lectura no es «me han vendido de más» automáticamente: por la regla del exceso, ese sobrante vuelve a la familia. Lo que sí conviene revisar entonces es si la prima que se está pagando por ese exceso compensa, porque un capital muy alto en una póliza de prima natural se paga caro justo en los años de mayor edad. Esa cuenta completa está en qué encarece tu prima.

El detalle que arruina la regla del exceso

Hay un escenario en el que todo lo anterior se cae, y es el mismo error que arruina más siniestros de decesos que cualquier exclusión: contratar la funeraria por libre sin avisar a la aseguradora.

Cuando eso ocurre, se activa el artículo 106 bis.2 y la aseguradora queda obligada a abonar la suma asegurada a los herederos. Ni más ni menos: no hay reembolso de la factura real. Si el capital es de 4.000 € y el funeral costó 5.600 €, la diferencia la pone la familia habiendo pagado el seguro durante treinta años. El detalle completo y cómo evitarlo están en la libre elección de funeraria.

En una frase

El capital asegurado no es un dato administrativo: es el único número de tu póliza que la familia va a notar. Si sobra, es suyo por ley. Si falta, lo pone ella. Y nadie va a llamarte para avisarte de que se ha quedado corto.

Qué entra y qué no dentro de ese límite está en qué cubre exactamente un seguro de decesos; si el producto compensa en tu caso concreto, en cuándo sí conviene y cuándo no.

Nuestra política sobre precios y datos, en la metodología.

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el funeral cuesta menos que el capital asegurado?

El artículo 106 bis.1 de la Ley de Contrato de Seguro establece que el exceso de la suma asegurada sobre el coste del servicio prestado corresponde al tomador o, en su defecto, a los herederos. Es decir: la diferencia es dinero de la familia, no de la aseguradora. Hay que pedirla, porque no siempre se ofrece de oficio.

¿Y si el funeral cuesta más que el capital de la póliza?

La aseguradora presta el servicio pactado hasta el límite del capital contratado. Lo que exceda de ese importe, si la familia quiere servicios superiores a los cubiertos, lo paga la familia. Por eso un capital desactualizado es el fallo más caro de una póliza antigua.

¿Cuál es el capital medio de un seguro de decesos en España?

Dividiendo el capital asegurado total que publica UNESPA (98.723 millones de euros) entre los asegurados del ramo (21,8 millones) resulta un capital medio aproximado de 4.500 euros por persona. Es un cálculo propio a partir de datos agregados, no una cifra oficial por póliza.

¿Cómo sé cuál es el capital asegurado de mi póliza?

Aparece en las condiciones particulares, normalmente en la primera página, junto al nombre de los asegurados. Si la póliza tiene revalorización automática, el recibo anual suele indicar el capital actualizado del año en curso. Si no lo encuentras, la aseguradora está obligada a facilitártelo.

¿Se puede subir el capital asegurado de un seguro de decesos?

Sí, es una modificación habitual y no exige contratar una póliza nueva. Subir el capital sube la prima y, según el condicionado, puede aplicar carencia sobre el importe ampliado. Es preferible a dejar que el capital se quede corto, pero conviene pedir por escrito cómo afecta a la carencia.

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