Contratar decesos a los 60: precios y letra pequeña

Actualizado el 8 de septiembre de 202610 min de lectura

A los sesenta el seguro de decesos se contrata mirando la cuota, y la cuota es justo lo que menos información contiene. Es la década en que las modalidades por edad alcanzada empiezan a acelerar, en que las carencias dejan de ser un detalle y en que la nota informativa que nadie lee pasa a valer más que el presupuesto.

Este artículo va sobre eso: la letra pequeña que a los sesenta decide el dinero.

Lo esencial: a los sesenta quedan del orden de veinte a veinticinco anualidades, y el total nominal parece bajar respecto a los cincuenta. Es la cifra más engañosa del tramo, porque la cuota real a esta edad está por encima de la media del ramo y, en las modalidades por edad alcanzada, sube cada año. Lo que hay que mirar no es el recibo: son las tres subidas distintas que se confunden en uno, los impuestos y los nueve puntos de la nota informativa del artículo 125.

La cuenta a los 60, y por qué es la más engañosa

Con los agregados públicos del sector —unos 136 € anuales por persona asegurada de prima media y un capital medio de alrededor de 4.500 €— la aritmética por tramos queda así:

A los 50 A los 60
Anualidades previsibles 31-36 21-26
Total nominal a la prima media del ramo ≈ 4.200-4.900 € 2.900-3.500 €
Capital medio asegurado ≈ 4.500 € ≈ 4.500 €

Leída sin más, esa tabla diría que a los sesenta el seguro es una ganga: se pagaría menos de lo que se recibe. No es así, y conviene ser explícito sobre por qué:

  • La prima media del ramo mezcla todas las edades y modalidades, incluidos los asegurados jóvenes que pagan tasas mínimas —cuyo caso, con la cuenta al revés, está en seguro de decesos siendo joven—. La cuota real que se ofrece a los sesenta está por encima de esa media, no por debajo.
  • Si la modalidad se calcula por edad alcanzada, la prima de los últimos años del cuadro puede ser un múltiplo de la del primero, y el total no se parece a una multiplicación.
  • El capital medio del ramo no es el capital que se va a contratar, y el coste real del servicio sube en torno al 4 % anual.

Es decir: a los sesenta el orden de magnitud del sector deja de servir como referencia y hay que trabajar con las cifras propias. La forma de hacerlo está en cuánto pagarás en total y en la calculadora del coste total de la prima, que permite partir de las tasas del cuadro propio en lugar de una hipótesis.

La modalidad, a los 60, ya no es una preferencia

A los sesenta la elección de modalidad tiene una particularidad que no se da en ningún otro tramo: la edad de nivelación cae justo aquí. Las modalidades que combinan o encadenan tramos suelen nivelarse en algún punto entre los sesenta y los setenta años, así que contratar a los sesenta significa firmar algo que se nivela casi de inmediato, o que no se nivelará nunca en la práctica.

Y una advertencia concreta: bajo la etiqueta comercial de una modalidad conviven mecánicas distintas. La normativa reconoce cinco —nivelada, natural, seminatural, mixta y única— y obliga a identificar cuál se está ofertando, con su método de cálculo. Casi toda la información online confunde dos de ellas; lo importante no es el nombre, sino a qué edad se nivela y sobre qué tasa. Está desglosado en tipos de prima del seguro de decesos y, en detalle, en prima mixta y prima natural.

Las tres subidas que se confunden en una

Esta es la sección práctica del artículo. Cuando alguien dice «mi seguro de decesos sube cada año», puede estar hablando de tres cosas distintas, y solo una depende de la modalidad:

  1. La subida por edad alcanzada. Existe únicamente si la prima se recalcula con la edad del asegurado. En prima nivelada no ocurre: la tasa se fija con la edad de ingreso y no se mueve.
  2. La subida por revalorización del capital. Ocurre en cualquier modalidad. Si el capital asegurado se actualiza para seguir al coste funerario, la prima sube aunque la tasa sea constante, porque se aplica sobre una suma mayor. No es un encarecimiento: es que se está comprando más cobertura. Y aquí está la bisagra: las actualizaciones previstas en el contrato se tarifican con la tasa constante de la edad de ingreso; las no previstas, con una nueva tasa a la edad alcanzada. A los sesenta, esa diferencia es dinero.
  3. La actualización que la aseguradora aplica en la renovación. El artículo 125 obliga a informar por escrito, antes de firmar, de las actualizaciones que se aplicarán en las renovaciones y de los factores de riesgo que se tendrán en cuenta. Es lo que responde a «¿por qué me ha subido si no he cambiado nada?».

Distinguirlas sirve para reclamar bien y para no reclamar mal. Y a los sesenta importan las tres a la vez, algo que no pasa ni antes ni después.

Los impuestos, que también están en la cuota

Una parte de lo que se paga no va a la aseguradora:

  • Impuesto sobre las Primas de Seguro: 8 % desde el 1 de enero de 2021. Los seguros de vida y salud están exentos; el de decesos no. Parte de la diferencia de precio que se percibe entre productos es fiscal, no de cobertura.
  • Recargo para la liquidación de entidades aseguradoras: 0,15 % del precio neto, a favor del Consorcio de Compensación de Seguros. Es la red que actúa si la aseguradora quiebra.

Merece la pena saber que esa red no es la misma que la de riesgos extraordinarios. El seguro de decesos aporta al recargo de liquidación, pero no figura entre los ramos con recargo a favor del Consorcio por riesgos extraordinarios. Contribuye a una red y no compra la otra, y esa asimetría se nota en las exclusiones: está explicada en exclusiones habituales y es el mejor argumento a favor de un seguro de vida como complemento, no como sustituto —la comparación, en decesos vs seguro de vida—.

Qué buscar en la nota informativa, punto por punto

El artículo 125 del Real Decreto 1060/2015 no es una recomendación de buenas prácticas: es una obligación de entrega previa a la firma, en soporte duradero. A los sesenta, esto es lo que hay que leer en ella y qué se está buscando en cada punto:

Lo que la ley obliga a informar Qué se busca ahí a los 60
Identificación y definición de la modalidad y su método de cálculo Si es por edad alcanzada, y a qué edad se nivela
Factores de riesgo de las renovaciones Si la edad entra en el recálculo, y qué más entra
Cuadro evolutivo de primas hasta los 90 años, en tasas sobre mil euros de capital La pendiente real: comparar la primera fila con la de los 85
Evolución de los capitales Si el capital sigue al coste funerario o se queda plano
Actualizaciones aplicables en la renovación De dónde saldrán las subidas que no son de modalidad
Prima de cada garantía accesoria por separado Qué se está pagando por extras y si compensan
Condiciones de resolución Cómo se sale, y con cuánto preaviso
Condiciones de rehabilitación Qué pasa si un recibo se queda sin pagar
Límites a la libre elección de prestador Si la funeraria la elige la familia o el contrato

Ese último punto tiene su propio artículo, porque es donde más expectativas se rompen: ¿puedo elegir funeraria?.

Y un aviso sobre el cuadro: el ejemplo publicado en la guía sectorial se calcula con una hipótesis de subida de la suma asegurada del 2 % anual, mientras el coste funerario real viene subiendo alrededor del 4 %. Las proyecciones tienden a quedarse cortas.

Las dos comprobaciones que a los 60 ya no son menores

Las carencias. No hay plazo legal; lo fija cada condicionado, y los rangos publicados van de unas semanas a varios meses para el sepelio, con plazos mayores en algunas garantías accesorias. El fallecimiento por accidente normalmente queda fuera de carencia. A los sesenta esto pasa a ser una pregunta previa al precio: las carencias del seguro de decesos.

La declaración de salud. El artículo 10 de la Ley de Contrato de Seguro reduce la prestación proporcionalmente ante reserva o inexactitud y libera a la aseguradora del pago si medió dolo o culpa grave. A los sesenta las declaraciones ya no son siempre limpias, y contestarlas con exactitud es lo que sostiene la póliza el día que se usa. A favor del tomador: si no se somete cuestionario, queda exonerado de ese deber, y no responde de lo que no se le preguntó.

Las garantías accesorias, y una que a los 60 conviene mirar de verdad

Como el artículo 125 obliga a desglosar la prima de cada garantía accesoria por separado, se puede hacer algo que los folletos no invitan a hacer: valorar cada extra por lo que cuesta. Qué aportan realmente los satélites está en qué cubre exactamente un seguro de decesos.

De todas, la que más se malinterpreta es el traslado. Traslado nacional y repatriación internacional no son lo mismo, y la segunda es una garantía accesoria de alcance variable. Para quien pasa temporadas fuera o tiene familia en otro país, es la cobertura que puede marcar la diferencia entre un trámite y una factura muy alta: el protocolo y los costes reales, sin seguro, están en fallecimiento en el extranjero.

Cuándo a los 60 la respuesta sigue siendo no

  • Cuando ya se está asegurado en una póliza familiar que funciona. Contratar encima crea una duplicidad que no paga dos veces el servicio: dos seguros de decesos a la vez.
  • Cuando la prima aprieta el mes. A los sesenta quedan veinte años de recibos, y el artículo 15 de la Ley de Contrato de Seguro suspende la cobertura al mes de un impago y extingue el contrato a los seis, sin devolver nada: qué pasa si dejo de pagar.
  • Cuando hay ahorro suficiente, disponible y disciplina para no tocarlo. Los números de esa comparación están en seguro de decesos o ahorrar por tu cuenta, y los perfiles en cuándo no conviene.

Y una cosa que a los sesenta ya se puede dar por segura si se entra: no pueden echarte. El artículo 106 bis.5 reserva al tomador la oposición a la prórroga del contrato, así que ni la edad ni la siniestralidad permiten a la aseguradora no renovar.

El tramo anterior está en contratar decesos a los 50 y el siguiente, donde las aseguradoras empiezan a decir que no, en contratar decesos a los 70. El mapa completo, en el seguro de decesos según tu edad.

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta un seguro de decesos a los 60 años?

No existe una fuente pública que dé la prima por edad, así que cualquier cifra concreta que se lea por ahí es una estimación comercial. Lo que sí puede exigirse es el dato propio: el artículo 125 del Real Decreto 1060/2015 obliga a la aseguradora a entregar, antes de firmar, un cuadro con la evolución estimada de la prima hasta los noventa años en tasas sobre mil euros de capital. Ese documento es el precio de verdad.

¿Por qué sube mi seguro de decesos si tengo prima nivelada?

Porque se confunden tres subidas distintas. Una es la de la modalidad, que solo existe si la prima se calcula por edad alcanzada. Otra es la revalorización del capital asegurado, que sube la prima aunque la tasa sea constante. Y la tercera son las actualizaciones que la aseguradora aplica en la renovación, que el artículo 125 obliga a explicar por escrito antes de firmar.

¿Qué impuestos lleva el seguro de decesos?

Un 8 % de Impuesto sobre las Primas de Seguro desde el 1 de enero de 2021, más un 0,15 % de recargo para la liquidación de entidades aseguradoras a favor del Consorcio. Los seguros de vida y de salud están exentos del impuesto y el de decesos no, lo que explica parte de la diferencia de precio que se percibe entre productos.

¿A los 60 me van a poner carencia?

Es lo habitual, y a esta edad deja de ser un tecnicismo. No hay plazo legal: lo fija cada condicionado, y los rangos que se publican van de unas semanas a varios meses para el sepelio, con plazos mayores en algunas garantías accesorias. El fallecimiento por accidente normalmente queda fuera de carencia. Conviene preguntarlo antes que el precio.

A los 60, ¿mejor una póliza nueva o mantener la que ya tengo?

Casi siempre mantener la que ya se tiene. Una póliza antigua conserva la tasa de una edad de ingreso mucho menor y tiene las carencias cumplidas, y ninguna de las dos cosas se recupera al contratar de nuevo. Si hay dos pólizas y hay que elegir, el precio va en último lugar detrás de la antigüedad, la modalidad y el capital.

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